REFERENCIAS ANTERIORES
- DEROGA LEY ORGÁNICA 7/1985, de 1 de julio.
- MODIFICA los arts. 312.1, 518, y el párrafo 1 del 517 y AÑADE el apartado 6 al art. 515 y el título XV bis a la LEY ORGÁNICA 10/1995, de 23 de noviembre.
REFERENCIAS POSTERIORES
- SE MODIFICA los arts. 1 a 15, 17 a 19, 22, 23, 25, 25bis, 27 a 33, 35 a 49, 52 a 55, 57 a 60, 62 a 64, 66, 68, 70, 72, las disposiciones adicionales 1 a 6, final 4 y el título de los capítulos II y III y SE AÑADE los arts.bis 2, 18, 31, 38, 59 y 63, los ter 2 y 38 y las disposiciones adicional 9 y final 5, por Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
- SE DECLARA:
en el RECURSO 1679/2001, la inconstitucionalidad de lo indicado de los arts. 7.1, 8 y 11.1, con los efectos que se indican en el f.j 2 c), por SENTENCIA 265/2007, de 20 de diciembre.
en el RECURSO 1677/2001, la inconstitucionalidad de lo indicado de los arts. 7.1, 8 y 11.1, con los efectos que se indican en el f.j 2 c), por SENTENCIA 264/2007, de 20 de diciembre.
en el RECURSO 1671/2001, la inconstitucionalidad de lo indicado de los arts. 7.1, 8 y 11.1, con los efectos que se indican en el f.j 2 c), por SENTENCIA 263/2007, de 20 de diciembre.
en el RECURSO 1669/2001, la inconstitucionalidad de lo indicado de los arts. 7.1, 8 y 11.1, con los efectos que se indican en el f.j 2 c), por SENTENCIA 262/2007, de 20 de diciembre.
en el RECURSO 1668/2001, la inconstitucionalidad de lo indicado de los arts. 7.1, 8 y 11.1, con los efectos que se indican en el f.j 2 c), por SENTENCIA 261/2007, de 20 de diciembre.
en el RECURSO 1644/2001, la inconstitucionalidad de lo indicado de los arts. 7.1, 8 y 11.1, con los efectos que se indican en el f.j 2 b), por SENTENCIA 260/2007, de 20 de diciembre.
en el RECURSO 1640/2001, la inconstitucionalidad de lo indicado de los arts. 7.1, 8 y 11.1, con los efectos que se indican en el f.j 17, y nulidad del inciso mencionado del art. 11.2, por SENTENCIA 259/2007, de 19 de diciembre.
en el RECURSO 1707/2001, la inconstitucionalidad de lo indicado de los arts. 7.1, 8 y 11.1, con los efectos que se indican en el f.j 17, la nulidad de lo mencionado de los arts. 9.3 y 22.2, y la constitucionalidad del art. 60.1 interpretado según el f.j 15, por SENTENCIA 236/2007, de 7 de noviembre.
- SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 70, regulando el Foro para la Integración Social de los Inmigrantes: REAL DECRETO 3/2006, de 16 de enero.
- SE DESARROLLA, por REAL DECRETO 2393/2004, de 30 de diciembre.
- SE MODIFICAN determinados preceptos SE AÑADEN los arts. 25 bis, 30 bis, 62 bis, 62 ter, 62 quáter, 62 quinquies, 62 sexies, 71 y las disposiciones adicionales 3 a 8, por la LEY ORGÁNICA 14/2003, de 20 de noviembre.
- SE MODIFICA los arts. 57.4 y 7, 61.1 y 62.1, por LEY ORGÁNICA 11/2003, de 29 de septiembre.
- SE DICTA EN RELACION:
sobre conversión a euros de las cuantías indicadas: RESOLUCIÓN de 22 de octubre de 2001.
sobre conversión a euros de las cuantías indicadas: RESOLUCIÓN 5/2001, de 22 de octubre.
sobre conversión a euros de las cuantías indicadas: RESOLUCIÓN 4/2001, de 22 de octubre.
sobre conversión a euros de las cuantías indicadas: RESOLUCIÓN de 22 de octubre de 2001.
- SE DICTA DE CONFORMIDAD:
regulando el estatuto de apátrida: REAL DECRETO 865/2001, de 20 de julio.
aprobando el reglamento de desarrollo: REAL DECRETO 864/2001, de 20 de julio.
regulando el Foro para la Integración Social de los Inmigrantes: el REAL DECRETO 367/2001, de 4 de abril.
regulando el Observatorio Permanente de la Inmigración: REAL DECRETO 345/2001, de 4 de abril.
con el art. 68, creando el Consejo Superior de Política de Inmigración: REAL DECRETO 344/2001, de 4 de abril.
- SE MODIFICA determinados preceptos y SE AÑADEN los arts. 65, 66, 69, 70 y la disposición adicional segunda, por LEY ORGÁNICA 8/2000, de 22 de diciembre.
- SE DICTA DE CONFORMIDAD estableciendo el procedimiento para la regularización de extranjeros: REAL DECRETO 239/2000, de 18 de febrero.
- CORRECCIÓN de errores en BOE num. 20, de 24 de enero de 2000.